Santos Cerdán pide al Constitucional que suspenda su entrada en prisión

El ex secretario de Organización del PSOE Santos Cerdán ha presentado un recurso ante el Tribunal Constitucional en el que solicita que se suspenda su entrada en prisión provisional, medida decretada por el Tribunal Supremo hace justo un mes por su presunta participación en la trama corrupta de adjudicaciones de obra pública a cambio de comisiones ilegales en la que también estarían implicados José Luis Ábalos y Koldo García.

El que fuera número tres de los socialistas alega en su recurso de amparo, al que ha tenido acceso 20minutos, que la medida de prisión preventiva vulnera sus derechos fundamentales a la libertad, a la integridad moral, a no confesarse culpable y a su defensa. Y apunta que la intención real del Supremo al ordenar la prisión no es proteger posibles fuentes de prueba, como alega el tribunal, sino «sofocar una alarma social» y «presionar al investigado para que haga entrega de pruebas de su culpabilidad».

La defensa de Cerdán añade que el exdiputado socialista ha sido encarcelado por el Tribunal Supremo «en base a meras sospechas», y pone de manifiesto que la prisión provisional se debe justificar «en aquellos casos en los que […] se pueda considerar que con casi total seguridad el investigado va a resultar condenado por un delito grave».

Asimismo, los letrados de Cerdán —Benet Salellas y Jacobo Teijelo— sostienen en su escrito que «Santos Cerdán incluso deberá ser exonerado de responsabilidad» antes de ir a juicio. Sin embargo, asumen que no corresponde al Tribunal Constitucional entrar a debatir «sobre la prueba contra el investigado durante la fase de instrucción».

Por tanto, apoyan su recurso de amparo en la tesis de que no existe riesgo de destrucción de pruebas que justifique la prisión provisional. «En los autos objeto del presente recurso de amparo no se justifica debidamente la concurrencia de ningún riesgo de alteración o destrucción de pruebas«, argumentan. A su juicio, ni el instructor del caso Koldo, Leopoldo Puente, ni la Sala de Apelación que rechazó excarcelar a Cerdán han motivado «el riesgo concreto» por el que se tomó esta decisión.

«Sendas resoluciones adolecen de una falta de motivación y concreción palmaria, ya que no hacen ninguna referencia concreta sobre qué prueba se pretende preservar, ni aún menos se relaciona con una posibilidad real de que el señor Cerdán pueda alterarla o destruirla», exponen los letrados.

La argumentación del instructor Leopoldo Puente, ratificada después por la Sala, pone el foco en el «papel directivo» que ocupó Cerdán en la presunta trama corrupta, en tanto que él era el encargado de repartir las supuestas mordidas que obtuvieron Ábalos y Koldo a cambio de amañar obras. Al exponer este asunto, el escrito planteado al Tribunal Constitucional pone el foco de nuevo en el análisis de la prueba practicada por el Supremo.

En este sentido, la defensa de Cerdán manifiesta que el alto tribunal infiere este papel directivo a través de «un análisis subjetivo en relación a unos audios que a fecha de hoy no conocemos ni su veracidad, ni el soporte de los mismos, ni quién los grabó y porque motivo, y que han sido convenientemente editados y filtrados en los medios de comunicación».

Los abogados aluden aquí a los audios que Koldo García grabó a escondidas mientras conversaba con Cerdán, con Ábalos y con otras personas; unas grabaciones que la UCO halló en el domicilio del propio García. Los intentos de la defensa de Cerdán de impugnar esta prueba o restarle peso han sido frustrados por el instructor, primero, y por la Sala, después. De modo que ahora los letrados plantean ante el Tribunal Constitucional que motivar con estas grabaciones el ingreso en prisión de Cerdán es «del todo insuficiente y no colma los estándares exigidos» por el Tribunal Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).

Es más, los letrados recuerdan que Cerdán «no se ha reconocido» en estos audios y añaden que dos meses después de que se entregara el informe que atribuye al exdiputado un «papel directivo», la UCO «no ha aportado ni un solo dato que confirme esta supuesta jerarquía del señor Cerdán en el supuesto entramado criminal».

Dado que los abogados de Cerdán no aprecian ese riesgo de destrucción de pruebas, defienden que el Supremo esconde otras finalidades «no constitucionalmente admisibles». En concreto, el escrito alude a que el tribunal pretende «sofocar una alarma social, dada la trascendencia social y política del caso y del investigado» y «presionar al investigado para que haga entrega de pruebas de su culpabilidad o directamente conseguir una confesión».

Llegados a este punto, los letrados recuerdan que el comisionista Víctor de Aldama fue ingresado en prisión como investigado en una causa relacionada con el fraude de hidrocarburos, pero logró salir de la cárcel tras mostrar su intención de colaborar con la justicia en el caso Koldo. La tesis de Benet Salellas y Jacobo Teijelo es que el Tribunal Supremo está emprendiendo una estrategia «idéntica e ilícita» con su representado.

«Esta utilización de la prisión provisional colocaría a la investigación penal así practicada en un lugar muy próximo a la tortura indagatoria», exponen los letrados, reiterando una idea que ya trasladaron a la Sala de Apelación del Supremo.

 Pide amparo por vulneración de sus derechos fundamentales a la libertad, a la integridad moral, a no confesarse culpable y a su defensa.  

El ex secretario de Organización del PSOE Santos Cerdán ha presentado un recurso ante el Tribunal Constitucional en el que solicita que se suspenda su entrada en prisión provisional, medida decretada por el Tribunal Supremo hace justo un mes por su presunta participación en la trama corrupta de adjudicaciones de obra pública a cambio de comisiones ilegales en la que también estarían implicados José Luis Ábalos y Koldo García.

El que fuera número tres de los socialistas alega en su recurso de amparo, al que ha tenido acceso 20minutos, que la medida de prisión preventiva vulnera sus derechos fundamentales a la libertad, a la integridad moral, a no confesarse culpable y a su defensa. Y apunta que la intención real del Supremo al ordenar la prisión no es proteger posibles fuentes de prueba, como alega el tribunal, sino «sofocar una alarma social» y «presionar al investigado para que haga entrega de pruebas de su culpabilidad». 

La defensa de Cerdán añade que el exdiputado socialista ha sido encarcelado por el Tribunal Supremo «en base a meras sospechas», y pone de manifiesto que la prisión provisional se debe justificar «en aquellos casos en los que […] se pueda considerar que con casi total seguridad el investigado va a resultar condenado por un delito grave». 

Asimismo, los letrados de Cerdán —Benet Salellas y Jacobo Teijelo— sostienen en su escrito que «Santos Cerdán incluso deberá ser exonerado de responsabilidad» antes de ir a juicio. Sin embargo, asumen que no corresponde al Tribunal Constitucional entrar a debatir «sobre la prueba contra el investigado durante la fase de instrucción». 

Por tanto, apoyan su recurso de amparo en la tesis de que no existe riesgo de destrucción de pruebas que justifique la prisión provisional. «En los autos objeto del presente recurso de amparo no se justifica debidamente la concurrencia de ningún riesgo de alteración o destrucción de pruebas«, argumentan. A su juicio, ni el instructor del caso Koldo, Leopoldo Puente, ni la Sala de Apelación que rechazó excarcelar a Cerdán han motivado «el riesgo concreto» por el que se tomó esta decisión. 

«Sendas resoluciones adolecen de una falta de motivación y concreción palmaria, ya que no hacen ninguna referencia concreta sobre qué prueba se pretende preservar, ni aún menos se relaciona con una posibilidad real de que el señor Cerdán pueda alterarla o destruirla», exponen los letrados. 

La argumentación del instructor Leopoldo Puente, ratificada después por la Sala, pone el foco en el «papel directivo» que ocupó Cerdán en la presunta trama corrupta, en tanto que él era el encargado de repartir las supuestas mordidas que obtuvieron Ábalos y Koldo a cambio de amañar obras. Al exponer este asunto, el escrito planteado al Tribunal Constitucional pone el foco de nuevo en el análisis de la prueba practicada por el Supremo.

En este sentido, la defensa de Cerdán manifiesta que el alto tribunal infiere este papel directivo a través de «un análisis subjetivo en relación a unos audios que a fecha de hoy no conocemos ni su veracidad, ni el soporte de los mismos, ni quién los grabó y porque motivo, y que han sido convenientemente editados y filtrados en los medios de comunicación». 

Los abogados aluden aquí a los audios que Koldo García grabó a escondidas mientras conversaba con Cerdán, con Ábalos y con otras personas; unas grabaciones que la UCO halló en el domicilio del propio García. Los intentos de la defensa de Cerdán de impugnar esta prueba o restarle peso han sido frustrados por el instructor, primero, y por la Sala, después. De modo que ahora los letrados plantean ante el Tribunal Constitucional que motivar con estas grabaciones el ingreso en prisión de Cerdán es «del todo insuficiente y no colma los estándares exigidos» por el Tribunal Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). 

Es más, los letrados recuerdan que Cerdán «no se ha reconocido» en estos audios y añaden que dos meses después de que se entregara el informe que atribuye al exdiputado un «papel directivo», la UCO «no ha aportado ni un solo dato que confirme esta supuesta jerarquía del señor Cerdán en el supuesto entramado criminal». 

Dado que los abogados de Cerdán no aprecian ese riesgo de destrucción de pruebas, defienden que el Supremo esconde otras finalidades «no constitucionalmente admisibles». En concreto, el escrito alude a que el tribunal pretende «sofocar una alarma social, dada la trascendencia social y política del caso y del investigado» y «presionar al investigado para que haga entrega de pruebas de su culpabilidad o directamente conseguir una confesión». 

Llegados a este punto, los letrados recuerdan que el comisionista Víctor de Aldama fue ingresado en prisión como investigado en una causa relacionada con el fraude de hidrocarburos, pero logró salir de la cárcel tras mostrar su intención de colaborar con la justicia en el caso Koldo. La tesis de Benet Salellas y Jacobo Teijelo es que el Tribunal Supremo está emprendiendo una estrategia «idéntica e ilícita» con su representado. 

«Esta utilización de la prisión provisional colocaría a la investigación penal así practicada en un lugar muy próximo a la tortura indagatoria», exponen los letrados, reiterando una idea que ya trasladaron a la Sala de Apelación del Supremo. 

 20MINUTOS.ES – Nacional

Te Puede Interesar