Meta, la empresa matriz de Facebook, Instagram o WhatsApp, ha recibido esta semana un nuevo revés judicial. Uno más. Un tribunal estatal de Nuevo México resolvió este jueves que la compañía que dirige Mark Zuckerberg debe pagar 567 millones de dólares (casi 500 millones de euros) a un fondo de salud mental para adolescentes y modificar el funcionamiento de sus plataformas para los usuarios jóvenes, al considerar que la empresa es responsable de perjudicar el bienestar de los menores.
Un juez de EE UU determina que la tecnológica debe reparar los daños causados en la salud mental y seguridad de la sociedad, igual que sucede con las empresas que contaminan
Meta, la empresa matriz de Facebook, Instagram o WhatsApp, ha recibido esta semana un nuevo revés judicial. Uno más. Un tribunal estatal de Nuevo México resolvió este jueves que la compañía que dirige Mark Zuckerberg debe pagar 567 millones de dólares (casi 500 millones de euros) a un fondo de salud mental para adolescentes y modificar el funcionamiento de sus plataformas para los usuarios jóvenes, al considerar que la empresa es responsable de perjudicar el bienestar de los menores.
La sentencia es la segunda parte del proceso que tiene abierta el estado de Nuevo México contra la tecnológica, y que en marzo ya le condenó a pagar una multa de 375 millones de dólares (unos 325 millones de euros) por engañar a los consumidores sobre la seguridad de sus plataformas y por poner en riesgo la seguridad de los menores.
Pero la resolución conocida ayer es diferente. Exige por primera vez cambios concretos a una tecnológica, y argumenta que, igual que sucede con las empresas que contaminan, cuyas externalidades negativas no perjudican a una serie de individuos sino a toda la sociedad, las plataformas deben hacerse cargo de los daños que ocasionan a la ciudadanía, no solo a los usuarios de las redes. Meta puede apelar la decisión, y de hecho ya ha confirmado que lo hará.
Estas son las claves de una sentencia que puede marcar el paso de la batalla contra las plataformas que se está desarrollando en EE UU.
Antecedentes del proceso
La sentencia conocida ayer se centra en fijar la reparación de daños generados por las malas prácticas que identificó otra sentencia anterior, la de hace cinco meses. En esa resolución de finales de marzo, un jurado popular determinó que Meta es culpable de utilizar sus plataformas sin la seguridad necesaria, lo que hace que los depredadores sexuales puedan contactar con los niños con más facilidad. Y que lo hace a sabiendas, lo que supone una violación de las leyes del consumidor de Nuevo México. La sentencia acarreaba una multa de 375 millones de dólares para compensar los daños causados al Estado.
El jurado dijo en su dictamen que Meta ha priorizado la obtención de beneficios ante la seguridad infantil y juvenil y ha violado la llamada ley contra las prácticas desleales (Unfair Practices Act) de Nuevo México, además de ocultar cómo podían afectar estas mentalmente a los niños.
A qué se le condena ahora
El juez Bryan Biedscheid, de Santa Fe, ha dictaminado que Meta ha generado un “perjuicio colectivo” (public nuisance) en Nuevo México, es decir, que la empresa ha dañado con sus acciones la salud y la seguridad del público en general. Biedscheid da así la razón al fiscal general del Estado, el demócrata Raúl Torrez, que acusó a la tecnológica de diseñar productos para generar adicción entre los jóvenes y de no proteger a los menores frente a la explotación sexual en sus plataformas.
La compensación de los daños se contempla por dos vías. En primer lugar, Meta deberá abonar 567 millones de dólares, que se dedicarán a un fondo de salud mental para adolescentes. Para determinar esta cantidad, el juez calculó que las redes sociales de Meta afectaron a 37.500 adolescentes, una cuarta parte de los que hay en todo Nuevo México. Este es uno de los puntos que seguramente peleará Meta, que se queja de que las suyas no son las únicas plataformas que usan los adolescentes.
En segundo lugar, y esto es lo más novedoso, el juez obliga a Meta a tomar medidas concretas para limitar la exposición de los menores a sus plataformas. Sus redes sociales no podrán contabilizar “me gusta” (likes) para los usuarios menores de 18 años, no podrá mostrar notificaciones a menores entre las 22.00 y las 7.00 horas, y en horario de clase (de 8.00 a 15.00 horas, exceptuando fines de semana). También le obliga a implementar límites de uso para los menores de 90 horas acumuladas por mes (unas tres horas diarias) en Instagram y Facebook. Y se prohíbe que el algoritmo recomiende cuentas de menores a usuarios adultos, que no podrán mensajear a menores con los que no estén conectados.
Por qué se habla de contaminación
La argumentación del juez Biedscheid no ha pasado desapercibida. En su sentencia, el togado explica de forma gráfica por qué las redes sociales causan “perjuicio colectivo”. Biedscheid compara a Meta con una fábrica: los anuncios y los contenidos de sus redes serían el producto y “los daños psicológicos y la explotación sexual de los niños, la polución que hay que reducir”.
De ahí que la sentencia implique una compensación económica dirigida a paliar el impacto de las redes en la salud mental, pero también que obligue a realizar cambios en las propias plataformas. De la misma forma que, siguiendo con el símil del juez Biedscheid, a una empresa que vierta productos tóxicos en un río se le debe exigir que limpie esos ríos y que cambie su sistema de producción para que no vuelva a haber vertidos.
“Me llama la atención que, aunque sea por la vía judicial y Meta puede apelar, las medidas de mitigación del riesgo son concretas y las impone la autoridad judicial”, dice Rodrigo Cetina, profesor de Derecho y Políticas Públicas en la Barcelona School of Management de la Universitat Pompeu Fabra y especialista en los retos jurídicos de las tecnologías digitales.
Cómo afecta a Europa
Tal y como subraya Cetina, EE UU ha decidido iniciar un camino distinto al de Europa. “En la UE tenemos el sistema de gestión y mitigación del riesgo de la DSA [Reglamento de Servicios Digitales], en el que es la plataforma la que propone y la Comisión la que valida, aunque también está llevando de forma paralela investigaciones”. Al otro lado del Atlántico, los cambios están siendo aplicados por mandato judicial.
Mientras que el modelo europeo pasa ahora mismo por prohibir el acceso a las redes de los menores, con países como Francia o España dando pasos en ese sentido, “en EE UU buscan restringir el uso para que sea más comedido, a la vez que piden a la plataforma algunas medidas concretas. La Comisión, espero, estará tomando nota, y puede que haga exigencias particulares en este sentido”, apunta Cetina.
Qué puede pasar a partir de ahora
Meta ha anunciado que apelará. En caso de que no gane, deberá introducir en sus redes sociales las modificaciones incluidas en la sentencia. “Lo normal sería que las aplicara en todo EE UU para no arriesgarse a que le demanden en otro Estado”, dice Cetina. Sus efectos, posiblemente, trascenderían a Meta. “Las sentencias como esta pueden fijar estándares para toda la industria por el riesgo que existe de que haya más demandas o multas”, sostiene Cetina.
Más allá de si prospera o no la apelación, Meta tiene otros frentes abiertos. Queda por resolver todavía la demanda colectiva presentada en 2023 por miles de particulares y decenas de instituciones educativas contra varias redes sociales, incluida Meta. También falta por conocerse el resultado de la demanda interpuesta por 1.300 distritos escolares por molestia pública y por los fiscales generales de 41 Estados por perjudicar a niños con sus productos y no informar sobre esos peligros.
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